¡El segundo dividendo digital a la vuelta de la esquina!
Sí, has leído bien. El esperado segundo dividendo digital ya está aquí. En este artículo te aconsejaremos acerca de la instalación del 2º dividendo digital de tu vivienda.
¿Cuándo llegará el segundo dividendo digital?
Existe un calendario estimado para el proceso de la liberación de la banda 700 MHz que puede mostrar los hechos más reveladores del proceso:
- Junio de 2018: Es la fecha límite que establecieron la (UE) 2017/899 para la difusión de la“Hoja de Ruta Nacional”
- Octubre de 2018: Comienzo de las actividades de la comunicación.
- Diciembre de 2018: Se lleva a cabo la divulgación de los reales decretos para la retribución de los costes durante el proceso.
- Diciembre de 2018: Se publica el Real Decreto que autoriza el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre, y la medida que se lleve a cabo para el proceso de liberación.
- Enero de 2019: Comienza la actuación del desarrollo para liberar el segundo dividendo.
- Enero de 2019: Se comienza a encender las principales emisiones sincronizadas en las frecuencias nuevas.
- Octubre de 2019: Se encienden los últimos transmisores con emisores regulares de 6 meses.
- Marzo de 2020: Finaliza la actividad, encendiendo los transmisores restantes y desactivando las emisiones en la banda de 694-790 MHz.
- Junio de 2020: Es la fecha límite que establece la (UE) 2017/899 para el recurso del servicio de las comunicaciones electrónicas.
Podemos mostrar los actos continuas de mayor importancia:
30 de junio de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2018: Se tramita y autoriza del cerco normativo.
15 de octubre de 2018 hasta el 30 de junio de 2020: Se realizan acciones de comunicación.
1 de enero de 2019 hasta 31 de marzo de 2020: Es la etapa de las transmisiones paralelas y de conformación en las instalaciones de recepción en los edificios.
El proyecto de oferta de la banda 700 MHz para los servicios de las comunicaciones eléctricas se determinará en un futuro teniendo en cuenta el desarrollo del procedimiento de liberación. La fecha de la subasta se fijará de tal forma que la banda pueda ser empleada de forma eficaz para los servicios, a más tardar el 30 de junio de 2020.
¿Qué es el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre?
El objetivo principal es el mantener la propuesta vigente de diversos digitales, con las posibilidades de desconexión que ya existan. Serán incluidas las garantías de continuidad al sector audiovisual.
Conforme las finalidades planificadas, lo más fundamental a introducir en el Plan Técnico serían:
- Banda de frecuencia: Provisión de las frecuencias entre 470 y 694 MHz que traduciendolos son los canales del 21 a 48 para los servicios de TDT.
- Diversos Digitales: Conservar en el conjunto de frecuencias de 470 a 694 MHz las redes TDT posteriores:
- Siete diversos digitales llamados RGE1, RGE2, MPE1, MPE2, MPE3, MPE4 y por último MPE5.
*El plan de las frecuencias que afecten a RGE1 podría ocasionar la desconexión territorial autonómicas. - Diversas digitales autonómicos, llamadas MAUT, en cada una de nuestras Comunidades Autónomas.
- Las diversas digitales de la cobertura insular y local planteados, serán modificados en los canales que sean necesarios.
- Siete diversos digitales llamados RGE1, RGE2, MPE1, MPE2, MPE3, MPE4 y por último MPE5.
La responsabilidad de cada uno de los diversos digitales, en porcentajes de la población, conservando los que ya existen actualmente:
- 98% para RGE1 y para el MAUT.
- 96% para RGE2, MPE1, MPE2, MPE3, MPE4 y MPE5.
Por la orden de procedimiento de la liberación de las frecuencias entre 694 hasta 790 por la corporación de la Radio y la Televisión Española, por las prestaciones de las comunicaciones audiovisuales de las coberturas estatales, autonómicas, insulares y locales. Se han de constituir:
- Fecha final para la detención de los canales emitidos en las frecuencias de 694 MHz hasta 790 MHz.
- El cometido de llegar a los novedosos canales que tengan que deben situarse en prestación por cada uno de los diversos digitales.
Se fundarán responsabilidades de emisiones sincronizadas (simulcast) ligadas a las indemnizaciones que se concedan a los radiodifusores. Se considera una etapa adecuada de 15 meses de durabilidad de las emisiones sincronizadas, con una fase de simulcast de 6 meses designada a los centros emisores cuya área exista más de 500 sistemas de recepción de Televisión, y una etapa de 3 meses para los emisores cuya área exista entre 100 y 500 sistemas de recepción.
Plan de Actuaciones para liberar el segundo dividendo digital
Para llevar a cabo dicha liberación, se realizará un plan de actuaciones para su ejecución.
Lo primordial que se ha de considerar real importancia para dicho propósito son:
- Actividades en el entorno de las frecuencias.
- Se encargarán del ajuste de las zonas geográficas y para confirmar el uso de los novedosos canales.
- Actividad en el entorno técnico.
- Se encargará de favorecer el procedimiento de instalación de antenas para los habitantes y confirmar su eficacia.
- Actividad en rastreo y comprobación.
- Se encargarán de extender las frecuencias nuevas y de las retransmisiones en simulcast.
- Actividades de comunicación.
Se prestará un servicio de ayuda telefónica a la población, para posibilitar al usuario cualquier información necesaria y solución de cualquier incidencia.
¿Tienes dudas acerca de la instalación del segundo dividendo digital? ¡No dudes en preguntarnos!