Ayudas para el Dividendo Digital 5g
Llega el 5g y con él el segundo dividendo digital ¿Qué significa eso para las comunidades de vecinos? Significa que habrá que adaptar las instalaciones de recepción, las antenas de televisión, a este cambio. Para esto las comunidades de propietarios podrán solicitar las ayudas para el Dividendo Digital 5g, establecidas recientemente por el gobierno en consejo de ministros.
Es un proceso similar al que ya se realizó en 2014, cuando las comunidades tuvieron que adaptar sus instalaciones dejando espacio en la banda radioeléctrica preparando la llegada del 4g. Ahora, en toda la Unión Europea, se va a realizar una nueva reantenización masiva de las instalaciones de recepción, de modo que se libere el rango de frecuencias (la banda de 700 Mhz) que va a pasar a ocupar la telefonía móvil 5g. Estos cambios deberán estar hechos antes del 30 de junio de 2020 para poder seguir viendo en las casas las emisoras de la televisión digital terrestre. Y las ayudas pertinentes para realizar esta nueva adaptación pueden ya solicitarse desde el 1 de Junio de 2019 y hasta esa fecha final. La cuantía de las subvenciones oscila entre los 104,3 € y 677,95 €, en función de los cambios necesarios a realizar y de la infraestructura que se encuentre previamente instalada.
¿Cómo saber si mi comunidad necesita adaptarse al segundo dividendo digital?
La manera más fácil es contactar con uno de los instaladores de telecomunicaciones registrados en la Secretaría de Estado para el Avance Digital (SEAD), que además determinará el tipo de instalación que se necesite. Puedes ver un listado completo de instaladores aquí. También puedes ponerse en contacto con tu Ayuntamiento o contactar con un instalador de confianza, como Nou master, donde examinamos tu caso en particular y te ofrecemos la mejor solución, comprobando que la resintonización haya sido todo un éxito.
Antes del inicio de las actuaciones, la empresa instaladora evaluará la situación y proporcionará a la comunidad de propietarios una relación descriptiva de los trabajos a realizar, junto a un listado de los elementos que sea necesario sustituir y de los nuevos que se vayan a incorporar. Todo ello acompañará al presupuesto del trabajo a realizar.
¿Cuál es la cuantía de las ayudas para el dividendo digital?
En función del tipo de tarea que se requiera realizar en cada comunidad para adaptarlas al Segundo Dividendo Digital, las ayudas previstas, incluyendo impuestos indirectos, tienen los siguientes importes máximos:
- Si la infraestructura de recepción de televisión no requiere de la instalación de ningún equipamiento adicional: 104,3 €.
- Si la infraestructura de recepción de televisión requiere de la instalación de equipamiento adicional para un múltiple digital: 156,45 €.
- Si la infraestructura de recepción de televisión requiere de la instalación de equipamiento adicional para dos múltiples digitales: 260,75 €.
- Si la infraestructura de recepción de televisión requiere de la instalación de equipamiento adicional para tres múltiples digitales: 365,05 €.
- Si la infraestructura de recepción de televisión requiere de la instalación de equipamiento adicional para cuatro múltiples digitales: 469,35 €.
- Si la infraestructura de recepción de televisión requiere de la instalación de equipamiento adicional para cinco múltiples digitales: 573,65 €.
- Si la infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para seis múltiples digitales: 677,95 €.
El texto original del Real Decreto según el cual se establecen estas ayudas puede consultarse en este enlace del BOE.
Quizás pueda parecer un poco complicado todo lo referente al tipo de ayuda a solicitar, en función de los múltiples digitales implicados… No hay problema realmente, porque los instaladores profesionales como Nou Master son quienes evaluarán la situación y podrán especificar este apartado, registrándolo convenientemente en el boletín de instalación.
¿Cómo y cuándo se pueden solicitar las ayudas?
Desde el 1 de junio de 2019, hasta el 30 de 2020. Las solicitudes se tramitarán de forma electrónica a través de la plataforma www.red.es y debe ser presentada por la comunidad de propietarios a través de un representante autorizado, que puede ser el administrador o la propia empresa instaladora que ha realizado las adaptaciones necesarias. Generalmente las empresas instaladoras conocen perfectamente los trámites a seguir y la documentación necesaria a presentar.
De hecho el documento principal es el boletín de instalación normalizado según la ICT, que suministrará la empresa elegida para la instalación. En ese boletín aparecerá la relación de los trabajos realizados, la descripción del equipamiento que estaba previamente instalado, la identificación del tipo de instalación, el equipamiento adicional que ha sido necesario instalar y el número de múltiples afectados.
Como puede verse, este boletín que proporciona el instalador cubre los aspectos más complejos de la solicitud. Junto a este documento habría que aportar una copia de la factura del instalador y una copia del documento que acredite la titularidad de la cuenta bancaria donde se realizará el abono de la ayuda. Hay que tener en cuenta que, tras la recepción de la solicitud, la ayuda se concede en un plazo máximo de tres meses.
Si tienes cualquier duda sobre las ayudas para el dividendo digital o su instalación, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.